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Modelo 303: qué es, plazos y cómo rellenarlo casilla a casilla

Actualizado el 5 min de lecturaEquipo de tufacturas

En resumen

El 303 es la declaración trimestral del IVA: sumas el IVA que has cobrado en tus facturas, restas el IVA deducible de tus gastos y pagas (o compensas) la diferencia. Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.

En esta guía
  1. Quién tiene que presentar el modelo 303
  2. Plazos del modelo 303 en 2027
  3. Cómo se calcula el modelo 303
  4. Las casillas que importan
  5. Ejemplo completo
  6. Resultado negativo: compensar o devolver
  7. Errores frecuentes
  8. Cómo lo hace tufacturas

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. Si eres autónomo en el régimen general, lo presentas cuatro veces al año y en él le dices a Hacienda cuánto IVA has cobrado a tus clientes y cuánto has pagado en tus gastos.

La idea es sencilla: el IVA no es tuyo. Lo cobras en tus facturas por cuenta de Hacienda y, cada trimestre, le entregas la diferencia entre lo que has cobrado y lo que has pagado.

Quién tiene que presentar el modelo 303

Todos los autónomos y empresas que realizan actividades sujetas a IVA, salvo excepciones como:

  • Actividades exentas de IVA (algunas sanitarias, educativas o de seguros).
  • Autónomos en recargo de equivalencia (comercio minorista que vende al consumidor final).
  • Quienes llevan el IVA por el SII presentan el 303 mensualmente.

Si estás dado de alta en IVA, tienes que presentarlo aunque no hayas tenido actividad ese trimestre.

Plazos del modelo 303 en 2027

Trimestre Plazo Ojo
4T de 2026 1 de enero – 1 de febrero de 2027 El 30 de enero cae en sábado
1T de 2027 1 – 20 de abril
2T de 2027 1 – 20 de julio
3T de 2027 1 – 20 de octubre
4T de 2027 1 – 30 de enero de 2028 El 30 cae en domingo: se pasa al día hábil siguiente

Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes. Tienes todas las fechas del año en el calendario fiscal del autónomo.

Cómo se calcula el modelo 303

IVA devengado (el que cobras)  −  IVA deducible (el que pagas)  =  resultado
  • IVA devengado: el de las facturas que has emitido en el trimestre, según la fecha de la factura (no la de cobro, salvo que estés en el régimen especial del criterio de caja).
  • IVA deducible: el de las facturas de gastos relacionados con tu actividad que tengas a tu nombre y con tu NIF. Un ticket no sirve para deducir IVA; necesitas factura completa.

Algunos detalles que se escapan a menudo:

  • No todo el IVA de un gasto es deducible. Si usas el móvil o el coche también para lo personal, solo deduces la parte profesional. En la vivienda, el criterio del IVA no es el mismo que en el IRPF: te lo explicamos en gastos deducibles si trabajas en casa.
  • El tipo de IVA se lee de cada factura. Un mismo proveedor puede cambiar de tipo (pasó con la luz durante las rebajas temporales del IVA).
  • Los gastos sin IVA no van al 303: la cuota de autónomos, las comisiones bancarias o los seguros no llevan IVA.

Las casillas que importan

El 303 tiene muchas casillas, pero un autónomo típico usa pocas. Esta es la numeración del diseño vigente (modificado por la Orden HAC/27/2026 desde el segundo trimestre de 2026):

Casilla Qué va De dónde sale
[01] [03] Base y cuota de lo que facturas al 4 % Tus facturas emitidas al 4 %
[04] [06] Base y cuota al 10 % Tus facturas emitidas al 10 %
[07] [09] Base y cuota al 21 % Tus facturas emitidas al 21 %
[27] Total IVA devengado Suma de cuotas
[28] [29] Base y cuota de gastos corrientes Tus facturas de gasto deducibles
[30] [31] Base y cuota de bienes de inversión Ordenador, maquinaria… (más de 3.005,06 €)
[45] Total a deducir Suma del IVA deducible
[46] Resultado del régimen general [27] − [45]
[59] Entregas y servicios intracomunitarios Facturas a clientes de la UE con NIF-IVA
[120] No sujetas por reglas de localización Servicios a clientes de fuera de la UE
[71] Resultado de la liquidación Lo que pagas, compensas o te devuelven

Entre [46] y [71] se restan las cuotas a compensar de trimestres anteriores (si algún trimestre te salió negativo). Desde 2026, el modelo muestra en varias casillas cuánto has aplicado y cuánto te queda pendiente.

Si el formulario de la AEAT te muestra una numeración distinta, manda la del formulario: Hacienda cambia el diseño cada cierto tiempo.

Ejemplo completo

Laura es diseñadora y en el primer trimestre de 2027:

  • Ha facturado 12.400 € de base imponible a clientes españoles, al 21 %: 2.604 € de IVA.
  • Ha tenido 3.150 € de gastos con IVA deducible al 21 % (software, coworking, material): 661,50 € de IVA.
Casilla Importe
[07] Base al 21 % 12.400,00 €
[09] Cuota devengada al 21 % 2.604,00 €
[27] Total devengado 2.604,00 €
[28] Base de gastos corrientes 3.150,00 €
[29] Cuota deducible 661,50 €
[45] Total a deducir 661,50 €
[46] Resultado 1.942,50 €

Si no tiene cuotas a compensar de trimestres anteriores, Laura ingresa 1.942,50 € antes del 20 de abril.

Resultado negativo: compensar o devolver

Si has pagado más IVA del que has cobrado (porque has comprado un equipo caro, por ejemplo), el resultado sale negativo:

  • Trimestres 1.º a 3.º: lo compensas en los siguientes. No te lo devuelven todavía.
  • 4.º trimestre: eliges entre pedir la devolución o seguir compensando el año siguiente.

Errores frecuentes

  1. Declarar por la fecha de cobro en lugar de por la fecha de la factura.
  2. Deducir IVA de tickets o de facturas que no están a tu nombre.
  3. Olvidar los clientes extranjeros: aunque no lleven IVA, se declaran ([59] o [120]) y los intracomunitarios van también en el modelo 349.
  4. No presentar el trimestre sin actividad.
  5. Perder una factura de gasto recurrente (la luz de un mes, por ejemplo) y pagar de más.

Si ya lo has presentado con un error, se corrige con una autoliquidación rectificativa. Te lo explicamos en cómo corregir un 303 o un 130 ya presentado.

Cómo lo hace tufacturas

tufacturas lee tus facturas, las clasifica y rellena el 303 por ti. Cada casilla te dice de qué facturas sale, y si falta algo (la factura de luz de febrero, un gasto sin confirmar) te avisa antes del plazo. Si además presentas el pago a cuenta del IRPF, mira la guía del modelo 130.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Del 1 al 20 de abril (primer trimestre), julio (segundo) y octubre (tercero), y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre. Si el último día cae en fin de semana o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil: el del cuarto trimestre de 2026 acaba el 1 de febrero de 2027.

¿Tengo que presentar el 303 si no he tenido actividad?

Sí. Si estás dado de alta en IVA tienes que presentarlo aunque no hayas facturado nada, marcando que no ha habido actividad. No presentarlo puede traer una sanción aunque el resultado sea cero.

¿Qué pasa si el 303 me sale negativo?

En los tres primeros trimestres el saldo negativo se compensa en los siguientes. En el cuarto trimestre puedes elegir entre seguir compensándolo el año siguiente o pedir la devolución.

¿Qué es la casilla 120 del modelo 303?

Es donde se declaran las operaciones no sujetas al IVA español por las reglas de localización, como los servicios que prestas a un cliente de fuera de la UE. Se informan aunque no lleven IVA.

¿Puedo corregir un 303 ya presentado?

Sí. Desde el tercer trimestre de 2024, cualquier error del 303 (pagaste de más o de menos) se corrige presentando una autoliquidación rectificativa: el mismo modelo 303 marcando que es rectificativa e indicando el justificante del anterior.

Fuentes oficiales

Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento fiscal de un profesional. La normativa cambia: revisa las fuentes oficiales enlazadas antes de presentar nada. Última revisión: 23 de octubre de 2026.

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