Factura electrónica obligatoria para autónomos: fechas y qué cambia
Actualizado el 2 min de lecturaEquipo de tufacturas
En resumen
La factura electrónica entre empresas y profesionales ya tiene calendario: desde el 6 de octubre de 2028 para autónomos y pymes (2027 si facturas más de 8 millones). Un PDF por email no cuenta: tiene que ser un archivo estructurado. A particulares puedes seguir facturando como hasta ahora.
En esta guía
La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales viene de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022). Durante años estuvo pendiente de desarrollo, pero en 2026 se ha completado el marco y ya hay fechas.
Cuándo es obligatoria
El reglamento (Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo) fija los plazos a partir de la orden que regula la solución pública. Esa orden, la Orden HAC/1028/2026, entró en vigor el 6 de octubre de 2026, así que el calendario queda así:
| Quién | Obligatoria desde |
|---|---|
| Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones | 6 de octubre de 2027 |
| Resto, incluidos casi todos los autónomos | 6 de octubre de 2028 |
| Informar del estado de las facturas (pagada, rechazada…) para personas físicas de menos de 8 millones | 6 de octubre de 2029 |
Qué es (y qué no es) una factura electrónica
Una factura electrónica no es un PDF. Es un archivo estructurado (en formatos como Facturae o UBL) que el programa de tu cliente puede leer automáticamente: quién eres, qué has vendido, bases, tipos de IVA, retenciones, vencimientos.
- Un PDF por email: hoy es una factura válida, pero no cumple la obligación de factura electrónica.
- Una factura en Excel o Word: tampoco.
- Un archivo Facturae o UBL enviado por una plataforma: sí.
Además, habrá que informar del estado de pago de las facturas, para que Hacienda pueda controlar la morosidad entre empresas.
A quién afecta
A las facturas entre empresarios y profesionales (B2B) en España. No afecta a las facturas a particulares (B2C): a un cliente final puedes seguir emitiéndole la factura como hasta ahora, aunque si usas un programa tendrá que cumplir VERI*FACTU.
Cómo encaja con VERI*FACTU
Son dos obligaciones distintas:
- VERI*FACTU controla que las facturas que emites no se alteren (registro encadenado y, en su modalidad, envío a la AEAT).
- La factura electrónica cambia el formato en que se la envías a tu cliente empresa y obliga a informar de si se ha pagado.
El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció su intención de aplazar VERI*FACTU a octubre de 2028 precisamente para que coincida con la factura electrónica de pymes y autónomos. Si se confirma, en octubre de 2028 llegarán las dos a la vez.
Qué hacer ahora
- No hace falta cambiar nada hoy: te quedan dos años.
- Cuando elijas o renueves programa, pide que cumpla las dos cosas: VERI*FACTU y factura electrónica.
- Si facturas poco a empresas, la solución pública gratuita de la AEAT puede bastarte.
- Revisa tus datos de clientes: NIF, dirección y correo correctos ahorran rechazos.
Cómo lo hace tufacturas
tufacturas está pensado para emitir con VERI*FACTU y para que el modelo de datos de tus facturas se pueda exportar en formato electrónico cuando sea obligatorio. Y como cada factura ya está dentro, también te prepara el modelo 303 sin volver a teclear nada.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica para autónomos?
Desde el 6 de octubre de 2028 para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones de hasta 8 millones de euros, que es el caso de casi todos los autónomos. Para los de más de 8 millones, desde el 6 de octubre de 2027.
¿Un PDF enviado por email es una factura electrónica?
No a efectos de esta obligación. La factura electrónica tiene que ser un archivo estructurado en un formato admitido, que el programa del cliente pueda leer sin teclear nada.
¿También tengo que hacer factura electrónica a particulares?
No. La obligación es para las facturas entre empresarios y profesionales. A un particular puedes seguir emitiéndole la factura como hasta ahora.
¿Hay un programa gratuito de factura electrónica?
Sí. La Agencia Tributaria ofrecerá una solución pública de facturación electrónica gratuita, regulada en la Orden HAC/1028/2026.
¿Qué relación tiene con VERI*FACTU?
Son obligaciones distintas, pero Hacienda ha anunciado que quiere hacerlas coincidir en octubre de 2028 para pymes y autónomos. Lo práctico es usar un programa que cumpla ambas.
Fuentes oficiales
Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento fiscal de un profesional. La normativa cambia: revisa las fuentes oficiales enlazadas antes de presentar nada. Última revisión: 23 de octubre de 2026.